UNIVERSIDAD ARGENTINA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA
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Gobierno académico

Consejo Académico

Órgano de la Universidad encargado de la organización y el desenvolvimiento de la actividad académica, conforme al Estatuto.

Integración estatutaria

Autoridades y representación académica.

El Capítulo X del Estatuto establece la integración del Consejo Académico de la Universidad.

Rector

Integra y preside el Consejo Académico. En su ausencia, las sesiones son presididas por el consejero que el propio Consejo elija.

Vicerrectores

El Vicerrector o los Vicerrectores integran el Consejo Académico.

Decanos y titulares de unidades de enseñanza

Participan los Decanos de las Facultades y los demás titulares de unidades de enseñanza.

Tres profesores

Elegidos por el claustro docente por tres años, de acuerdo con la reglamentación que dicte el Consejo de Administración.

Dos miembros del Consejo de Administración

Designados por ese Consejo, que puede nombrar también dos o más suplentes para reemplazarlos por su orden en caso de ausencia u otro impedimento.

Consejo Honorario y Centro de Estudiantes

Un miembro de cada órgano, si se encuentran constituidos conforme al Estatuto.

Fuente: Estatuto de UPYME, Capítulo X, artículo 60; Reglamento General del Consejo Académico, Título I, capítulos II y III.

Competencias

Funciones del Consejo.

Actúa dentro de sus atribuciones estatutarias, en articulación con el Rector y el Consejo de Administración.

Organización y planificación académica

Dicta reglamentaciones y ordenanzas sobre el funcionamiento académico y los planes y programas de estudio. Aprueba los planes anuales de actividad académica.

Unidades y designaciones

Propone al Consejo de Administración la creación o supresión de Facultades, Escuelas, Departamentos, Institutos y otras unidades académicas, así como la designación de autoridades, profesores, investigadores y demás integrantes del cuerpo académico.

Dedicación y disciplina

Fija el carácter y el tiempo de dedicación de Decanos, Vicedecanos y demás autoridades académicas. Ejerce el poder disciplinario sobre el cuerpo académico conforme a la reglamentación.

Informe y actividad académica

Aprueba el informe académico anual preparado por el Rector y lo presenta al Consejo de Administración para su inclusión en la Memoria. Atiende el desenvolvimiento de las actividades académicas de la Universidad.

Fuente: Estatuto de UPYME, Capítulo X, artículo 61; Reglamento General del Consejo Académico, Título I, capítulo IV.

Funcionamiento

Reuniones y decisiones.

El Consejo celebra al menos una reunión ordinaria por mes.

Convocatorias

Las convocatorias se realizan con no menos de cinco días de anticipación. El Rector cursa las invitaciones y convoca reuniones extraordinarias ante la solicitud escrita de representantes de al menos tres categorías de integrantes, con indicación de los temas a tratar.

Quórum y votación

Sesiona con la mayoría absoluta de sus integrantes. Las resoluciones requieren la mayoría absoluta de los votos de los miembros presentes y quien preside tiene doble voto en caso de empate.

Participación a distancia

El Estatuto permite reuniones por videoconferencia u otros medios simultáneos de sonido, imagen y palabra que acrediten la identidad y permitan la deliberación.

Autoconvocatoria

Puede deliberar sin citación previa si asisten todos sus miembros y el temario se aprueba por mayoría absoluta.

Fuente: Estatuto de UPYME, Capítulo X, artículos 62 y 63; Reglamento General del Consejo Académico, Título II, capítulos V a IX.

Estructura institucional

Organización funcional del Consejo Académico.

Presidencia

El Rector preside las sesiones y dirige el tratamiento de los asuntos. En su ausencia, el Consejo elige a quien lo reemplace en la sesión.

Secretaría de Actas

La persona designada por el Rector organiza citaciones y documentación, redacta las actas y lleva el archivo y el registro de instrumentos del Consejo.

Comisiones y asesoramiento

El Consejo puede organizar el examen de asuntos en comisiones y solicitar los informes necesarios para sus decisiones.

Fuente: Estatuto de UPYME, Capítulo X, artículos 60 a 63; Reglamento General del Consejo Académico, Título I, capítulo III; Título II, capítulos XI a XIII.